CAMBIO en Cancillería para peor.
Cuando pensamos que en verdad el proclamado “CAMBIO” del actual gobierno del Sr. Gustavo Petro, cobijaría al Ministerio de Relaciones Exteriores, no nos equivocamos, pues el “CAMBIO” ha existido, pero para mal; es decir, que en vez de mejorar, algunas de las nuevas medidas tomadas por esa Cartera ministerial frente a las respuestas a los Derechos de petición, entre otras, lo que ha es empeorado, pues desde hace ya casi UN (1) AÑO, se están valiendo de “tecnicismos”, de conceptos más personales que jurídicos, y de “minucias”, para esquivar los interrogantes que se le plantean a través de las solicitudes ciudadanas.
Incluso, analizando todo el historial, pareciera se tratara de una “revancha” o “retaliación” en contra de esta Casa informativa en cabeza de nuestro director Ricardo Marín Rodríguez, por la gran cantidad de denuncias que hemos publicado a lo largo de ésta última década, contra acciones mal realizadas o dejadas de realizar frente a lo que encierra la Política Migratoria de nuestro país, por parte de la Cancillería colombiana, incluyendo acciones que bien pueden tildarse de corruptas.
En pocas palabras, pareciera que nos quisieran callar, pues saben perfectamente que buena parte de la información que brindamos en COLEXRET, proviene directamente de la Cancillería colombiana, y como han visto que con sus propias respuestas se “clavan el cuchillo”, en vez de mejorar la forma y fondo de responder, lo que intentan es NO RESPONDER, o contestar de cualquier manera, pero por fortuna para eso está la justicia. Ya en un próximo artículo les tendremos la más detallada información acerca de las casi 30 acciones de tutela que en menos de SEIS (6) AÑOS hemos tenido que instaurar contra esa Institución por vulnerar nuestro derecho de petición, con casi un 80% resueltas a nuestro favor.
(Relacionado con e tema: “Cancillería vulneró derecho de petición y funcionarios tendrán que ser sancionados”.
Cancillería rechaza petición por irrespetuosa.
Intentando eludir su responsabilidad para responder las peticiones ciudadanas, en uno de los últimos derechos de petición instaurado por Ricardo Marín Rodríguez contra la Cancillería colombiana, relacionado con la Reglamentación de la Ley de Repatriación de colombianos fallecidos en el exterior, esa entidad rebuscándose un nuevo argumento hizo lo que no había hecho hasta ahora, rechazarlo con el pretexto dizque de “irrespetuoso”, ante lo cual se instauró la respectiva Acción de tutela, y en Primera Instancia el Juez falló a favor de esa Institución acogiéndose al argumento esbozado por la denunciada. (Ver aquí fallo de Primera instancia).
No hubo irrespeto, le dijo la justicia colombiana a la Cancillería, obligándola a responder petición.
Sin embargo, firmes en nuestra convicción de INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR, apelamos esa decisión ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y que pueden ver aquí, quien el pasado 22 de junio, mediante Radicado 11001310302020230019901, con la Ponencia de la H. Magistrada Flor Margoth González Flórez, revocó la decisión de Primera Instancia, y estableció que el Ministerio de Relaciones Exteriores si había vulnerado el Derecho de petición de Ricardo Marín Rodríguez, y le ordenó dar respuesta a su solicitud en el término de 48 horas.
Además, frente al llamado irrespeto argumentado por la Cancillería colombiana para no responder la petición, motivo principal para haber tenido que denunciarla, el Tribunal le dio una “reprimenda muy diplomática”, indicándole que,
“Por otro lado, en cuanto a las peticiones irrespetuosas, aspecto toral del asunto, la mencionada ley en el canon 13 estableció que todas las personas tienen “derecho a presentar peticiones respetuosas”; a su vez, el artículo 19 prevé que los requerimientos descorteses pueden ser rechazados por la entidad.
(De interés: “Deportaciones y muertes: ¿Cuántas más para que Cancillería cumpla con la ley?”)
Al respecto, la Corte Constitucional estableció que el rechazo debe ser de carácter excepcional y de interpretación restrictiva, “pues la administración no puede tachar toda solicitud de irreverente o descortés con el fin de sustraerse de la obligación de responder las peticiones”.
Así, como cuestión liminar, se observa que el accionado le endilga al promotor del amparo una conducta reprochable con la expresión “conociendo la sabiduría, genialidad e inteligencia que acompaña a los juristas de ese Ministerio, en especial quienes responden mis peticiones, (…)”, contenida en la petición del 4 de abril de 2023 y por la cual no le resolvió de fondo la solicitud; empero, no se advierte que esas manifestaciones tengan carácter displicente o descortés, que ameriten el rechazo de plano de la petición.” (Resaltado fuera de texto).
Libertad de expresión en derechos de petición.
Con esta sabia decisión, el Alto Tribunal Superior de Bogotá, detuvo las nuevas, inventadas, caprichosas, ridículas, arbitrarias e ilegales, pretensiones del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que deje de una vez por todas de interpretar como irrespetuosas, “palabras”, “párrafos”, “frases”, “dichos”, etc., propios del argot popular colombiano, y aprobados por la Real Academia de la Lengua Española “RAE”.
De pasó, se le recuerda a Cancillería que ese tipo de formas, y que la entidad toma como “irrespetuosas”, hacen parte del libre derecho a la “Libertad de expresión”. Así lo ha establecido la jurisprudencia de nuestra Corte Constitucional, y eso hizo parte de la argumentación para ganarle este pleito a esa institución ante la justicia.
Este tipo de jurisprudencia es la que deberían leer los funcionarios encargados de responder las peticiones de la ciudadanía, con eso podrían actuar y responder con mayor conocimiento de causa. Algo extraño en esa falta de conocimiento es que quienes responden generalmente son abogados; pero bueno, bien se dice que “los médicos también se mueren”, y que no todos los funcionarios cumplen a cabalidad y profesionalismo con sus funciones, dejando entrever con ello la forma como fueron puestos en esos cargos…”DEDOCRACIA”. –Los abogados de Cancillería y su participación en temas migratorios y de colombianos en el exterior–
¿Qué más se inventará la Cancillería para no responder peticiones?
Ya veremos de aquí en adelante que otra u otras excusas va a inventarse la Cancillería colombiana, para intentar frenar nuestras peticiones que son la base primordial para llevarle a nuestros lectores una información investigada, analizada, veraz y oportuna sobre el acontecer de la Política Migratoria de nuestro país, con especial énfasis en los colombianos en el exterior y la población retornada.
(De interés: “Cónsules, Embajadores y funcionarios de Cancillería investigados”)
En un próximo artículo les contaremos sobre las tutelas que hemos tenido que instaurarle a la Cancillería colombiana por vulneración a nuestro derecho de petición en los últimos SEIS (6) AÑOS, y así le tumbaremos otra gran mentira cuando dice que en todas esas tutelas la justicia le ha dado la razón.
Aunque tendremos la oportunidad de contárselo al detalle, para que se hagan una idea, de aproximadamente 30 tutelas instauradas contra el Ministerio de Relaciones Exteriores en estos años, el 80% aproximadamente han sido resueltas a favor de COLEXRET.
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