El 11 de octubre de 2023, en artículo visible aquí, denunciamos la gran millonada que anualmente devuelve a las arcas del Estado el Fondo Especial para las Migraciones del presupuesto que se le asigna para soliviar necesidades de los colombianos en el exterior, en especial por casos de vulnerabilidad o razones humanitarias.
Hoy les traemos algo igual o más escandaloso aún, las archimillonarias devoluciones que en los últimos DIEZ (10) AÑOS han realizado los Consulados y Embajadas colombianas en el exterior; devoluciones estas que desafortunadamente están amparadas por la Ley, tal y como lo podrán conocer leyendo hasta el final.
Archimillonaria devolución del presupuesto asignado a Consulados y Embajadas.
Mientras que muchos colombianos residentes en el exterior salen regañados, ultrajados, despreciados y humillados cuando acuden a una de sus Embajadas o Consulados, en busca de ayuda para soliviar algunas de sus necesidades, entre ellas las establecidas en la Resolución 1726 de 2018, pues la primera respuesta es “NO HAY DINERO”, esas entidades se dan el lujo de devolver al finalizar cada año, del presupuesto que se les ha asignado, millones y millones de pesos a las arcas del Estado.
(Vea aquí: “10 años en pro de los colombianos en el exterior.”)
En el siguiente cuadro, año por año, la cantidad en pesos colombianos que se ha devuelto del presupuesto asignado a Consulados, Delegaciones, y Embajadas colombianas:
Esta información ha sido suministrada por la Cancillería colombiana en dólares y euros, por lo que hemos promediado en $3.000 el valor de la moneda colombiana frente a éstas dos desde el año 2013 al actual, teniendo en cuenta las diferentes variaciones durante ese periodo, por lo que las cifras indicadas son aproximadas.
Con esa aclaración, en los últimos DIEZ (10) AÑOS, las Delegaciones, Consulados y Embajadas colombianas en el mundo, han devuelto del presupuesto que se les ha asignado, la suma de SETENTA Y DOS MIL DOCIENTOS VEINTICINCO MILLONES, QUINIENTOS CUARENTA MIL ($72.225.540.000) PESOS, aprox. Luego entonces, en promedio, las devoluciones anuales han sido de SIETE MIL DOCIENTOS VEINTIDOS MILLONES, QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($7.222.554.000) PESOS.
Para conocer detalladamente lo que cada Consulado, Delegación y Embajada ha devuelto de su presupuesto en los últimos diez años, en dólares y euros, pueden ingresar aquí.
¿Por qué se devuelve dinero del presupuesto asignado a Consulados y Embajadas?
Como leerán a continuación, cuando desde el Ministerio de Relaciones Exteriores se hace la asignación del presupuesto para los Consulados y Embajadas, éste va dirigido a rubros específicos, y la Ley prohíbe su desviación para otros fines.
Si bien es cierto que la propia ley ordena esas devoluciones, no es menos cierto que con voluntad y conocimiento por parte del respectivo Cónsul o Embajador, se les podría dar otro destino previo el procedimiento indicado para ello.
La Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994, y la Ley 225 de 1995, que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto, mediante las cuales se regula el gasto público en las diferentes entidades, establecen que una vez asignada una partida presupuestaria para determinado objetivo (Gasto, inversión, pago de créditos, Programa, plan, etc.), debe obligatoriamente utilizarse en ello, y no puede desviarse hacia otros objetivos.
Así lo vemos en el artículo 14 de la Ley 38 de 1989 al indicar que “Las apropiaciones deben referirse en cada organismo o entidad de la administración a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.”
(Le puede interesar: ¿Por qué los colombianos en el exterior son invisibles.?)
Respuesta de la Cancillería colombiana sobre las devoluciones que realizan Consulados y Embajadas.
Sobre el tema, el siguiente fue el cuestionario que le presentamos a la Cancillería colombiana, y respondido mediante radicado S-DIAF-23-026259, del 15 de diciembre de 2023, en donde nos envió igualmente las estadísticas aquí descritas:
COLEXRET: ¿Cuáles son los motivos para que Consulados y Embajadas reintegren al finalizar cada año, parte del presupuesto que se les ha asignado.?
Cancillería: “De conformidad con lo establecido en la Resolución 1134 de 2022, por la cual se reglamenta la planeación, asignación y ejecución de recursos, así como la rendición de cuentas de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República de Colombia en el exterior y se deroga la Resolución 0289 de 2020, los sobrantes de recursos asignados y girados que no fueron comprometidos debieron ser reintegrados al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.”
COLEXRET: ¿A dónde fueron devueltas esas cantidades, y de ahí a dónde se remitieron y en qué fueron utilizadas.?
Cancillería: “Los recursos no comprometidos son devueltos a las cuentas bancarias que para tal fin tiene el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.”
COLEXRET: ¿Por qué esas cantidades devueltas no son utilizadas por Consulados y Embajadas en los rubros para los cuales se les asignó, o en otros, en vez de devolverlas.?
Cancillería: “La asignación de recurso nació a la vida jurídica con una finalidad específica tal y como se puede evidenciar en la parte considerativa de los actos administrativos, que enuncia la destinación de dichos recursos, situación por la cual, legalmente es improcedente que la utilización de esos dineros sea para actos diferentes a los que dieron origen a la expedición de dicha resolución y asignación de recursos.”
Ante esta última respuesta ponemos en duda su veracidad, pues conocimos por fuentes extraoficiales pero muy fidedignas, cuyos nombres nos abstenemos de divulgar a petición de las mismas, que aunque es una gestión complicada y dispendiosa, cada Consulado o Embajada bien podría solicitar directamente al Ministerio de Relaciones Exteriores cambios o “desviaciones” presupuestarias, con el fin de cubrir otras necesidades, pero desconocemos realmente los motivos por los cuales no lo hacen, ya que como lo pudieron leer, la Cancillería, y como ya se ha vuelto costumbre, “se va por las ramas” al responder.
A lo mejor, como ocurre con el caso del Fondo Especial para las Migraciones, se debe solo a desidia, pereza, o falta de humanidad de Cónsules y Embajadores para realizar el respectivo trámite ante la Cancillería; o cuando lo hacen, esa entidad hace caso omiso a ello.
(De gran interés: “Propuestas para la visibilización de colombianos en el exterior generadoras de CAMBIO.”)
De cualquier manera, son casos muy graves que deberían analizarse mejor por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, y buscar la forma de que no sigan sucediendo, al menos de esa manera tan desorbitada.
Seguro que con un poco de voluntad política, sentido y sentimiento humanitario, se podría llevar a cabo, pero mientras el Sr. Álvaro Leyva Durán sea el Canciller, y le siga importando un bledo la situación de los colombianos en el exterior, y en general la temática migratoria colombiana (Ver aquí), no creemos que se le pueda dar alguna solución.
Estos, como otros casos que afectan a los colombianos en el exterior, deberían ser puestos en conocimiento, y debatidos en el Congreso por la Representante a la Cámara por la Circunscripción Internacional, Carmen Ramírez Boscán, pero de seguro que ni se ha enterado de que esto sucede.
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores, radicado S-DIAF-23-026259, del 15 de diciembre de 2023.
Comentarios