Antes de indicarles la forma de participar en el Plan Piloto creado por Colombia Nos Une, para la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, explicaremos qué es, y por qué la importancia de que hagas parte de este Organismo de Participación Ciudadana; adelantando que será la principal herramienta para que los colombianos en el exterior, y demás componentes de la temática migratoria de nuestro país, puedan visibilizarse ante el Estado colombiano participando en todos los temas relacionados con la “Política Pública Migratoria”.
Creación del Sistema Nacional de Migraciones:
El 29 de junio del año 2011, se promulgó la Ley 1465, mediante la cual se creaba el Sistema Nacional de Migraciones, definido en su artículo 1° y parágrafo único como “un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas, desde el cual se deberá acompañar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Migratoria con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración.
Parágrafo. La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones se dará su propio reglamento, elegirá su representante ante la Comisión Nacional Intersectorial de Migración y deberá constituirse jurídicamente.”
Pero al ser modificado por el Artículo 22 de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 «Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y se dictan otras disposiciones», quedó así:
“Artículo 1º. CREACIÓN. Créase el Sistema Nacional de Migraciones, SNM, como un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas, desde el cual se acompañará el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Integral Migratoria – PIM con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de la población migrante.
Parágrafo. Sin perjuicio de otras disposiciones legales y jurídicas, el Ministerio de Relaciones Exteriores será el encargado de la formulación y ejecución de la Política Migratoria.
El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá convocar e invitar a entidades del orden nacional y territorial, organizaciones, expertos y/o ciudadanía en general, que considere necesarios para la realización de sesiones formales de trabajo del Sistema Nacional de Migraciones. Las Comisiones Segundas del Congreso de la República podrán solicitar la realización de estas sesiones, cuando lo considere pertinente.”
Por su parte el artículo 2° de la Ley 1465/2011, establece que “…el Sistema Nacional de Migraciones SNM, tendrá como objetivo principal acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con las comunidades colombianas en el exterior.”, y al ser modificado por el Artículo 23 de la Ley 2136/2021, quedó así:
“Artículo 2°. El Sistema Nacional de Migraciones, SNM, tendrá como objetivo principal acompañar de manera consultiva al Gobierno Nacional, en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con los colombianos retornados, colombianos en el exterior y extranjeros en Colombia en el desarrollo de la Política Integral Migratoria – PIM.”
Relacionado con el tema: “Análisis Nueva Ley Migratoria Colombiana”
Objetivos del Sistema Nacional de Migraciones:
En su artículo 4°, esa Ley 1465/2011 establece los siguientes objetivos del Sistema Nacional de Migraciones:
1) Acompañar integralmente los procesos migratorios buscando la eficiencia, equidad, reciprocidad, participación, transversalidad, concertación e igualdad de trato y de condiciones de todos los migrantes colombianos y de los extranjeros que se encuentren en territorio colombiano. 2) Presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores inquietudes, diagnósticos y propuestas para el establecimiento y fortalecimiento de vínculos entre la nación y los colombianos en el exterior, entre ellos la creación del Viceministerio de Migraciones y Desarrollo. 3) Identificar los intereses y necesidades de los colombianos en el exterior y sus familias. 4) Fortalecer los canales de comunicación, participación e integración de los migrantes colombianos, así como las redes y asociaciones de colombianos en el exterior. 5) Fortalecer acciones y mecanismos de carácter político y técnico, para mejorar las condiciones y la calidad de vida de los colombianos en el exterior y de sus familias en aspectos de las remesas, los flujos laborales ordenados, la protección y seguridad social, la homologación de títulos y competencias técnicas, profesionales y laborales, la asistencia al retorno incluyendo su menaje profesional industrial y doméstico, la protección de sus Derechos Humanos, o cualesquiera otros que puedan ser pertinentes. 6) Fomentar acciones y mecanismos de carácter político y técnico, para mejorar las condiciones y oportunidades para la inserción y aprovechamiento del recurso humano calificado y promover el intercambio cultural y educativo con los países de mayor recepción de colombianos. 7) Proponer e instar al Gobierno Nacional para la celebración de acuerdos, convenios y tratados bilaterales y multilaterales que atiendan los diferentes aspectos temáticos de la migración colombiana internacional. 8) Proponer y participar en espacios para el desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, el arte, la investigación, el deporte y la integración social de los ciudadanos migrantes. 9) Promover la participación política, amplia y libre de los colombianos en el exterior para que tomen parte en las decisiones de interés nacional y en la conformación y ejercicio del poder político conforme a la Constitución y a la ley. 10) Difundir los mecanismos legales y constitucionales para el ejercicio de la Veeduría Ciudadana por parte de los colombianos en el exterior.
11) Proponer y apoyar acciones para el fortalecimiento del servicio Diplomático y Consular conforme a las necesidades específicas de los a colombianos en el exterior. 12) Promover la vinculación y la articulación de la política integral migratoria a los planes de desarrollo Nacional, Regional y Local y a las políticas de codesarrollo. 13) Facilitar y acompañar la gestión y ejecución de proyectos productivos, sociales o culturales de iniciativa de la población migrante tanto en el exterior como al interior del país. 14) Proponer la implementación de mecanismos para asesoramiento jurídico en materia penal a los connacionales detenidos y/o condenados en cárceles del exterior. 15) Promover la articulación de acciones interinstitucionales y de los niveles público y privado para la creación de un sistema de información estadística integral, periódica y confiable en materia migratoria. 16) Proponer la implementación de una póliza de seguro integral para la repatriación de los cuerpos de nuestros connacionales fallecidos en el exterior. 17) Los demás que no correspondan a otras autoridades.
Formulario de inscripción a la “Mesa piloto” en el siguiente enlace:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeaI_gsZaiydoES-33GxjxEIwToN32tjhty2uaFv5nz3_XqsQ/viewform
Sin embargo la Ley 2136 del 2021 en su artículo 24 ordenó adicionar el artículo 4A a la Ley 1465/2011, estableciendo que:
“Artículo 4°A. El Sistema Nacional de Migraciones tendrá las siguientes funciones complementarias a las disposiciones de la presente ley:
- Efectuar sugerencias al Gobierno Nacional sobre temas migratorios.
- Elaborar recomendaciones sobre la Política Integral Migratoria, en sus fases de formulación, ejecución y evaluación.
- Formular propuestas para el desarrollo de la Política Integral Migratoria.
- Hacer seguimiento a las propuestas presentadas al alto gobierno sobre Política Integral Migratoria -PIM.
Parágrafo 1°. El ejercicio de participación ciudadana se orientará de acuerdo con las leyes 1757 de 2015 Y 1755 de 2015, y la normativa que se agregue o desarrolle en la materia.
Parágrafo 2°. El Ministerio de Relaciones Exteriores presentará un informe anual a las Comisiones Segundas del Congreso de la República sobre la gestión realizada desde el Sistema Nacional de Migraciones, el cual deberá contar con amplia difusión hacia la población migrante. Este informe podrá ser presentado en sesiones formales, sesiones formales conjuntas o audiencias públicas”.
Aquí, el más completo “Análisis Política migratoria y de retorno colombiana”
¿Quiénes componen el Sistema Nacional de Migraciones?
El Artículo 5°, Ley 1465/2011 indicaba que “El Sistema Nacional de Migraciones estará integrado por la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones como eje central, así como las entidades estatales y gubernamentales, que no formen parte de la primera, pero cuyas funciones y objetivos tengan relación con los temas concernientes a la emigración y la inmigración en Colombia, las Comisiones Segundas del Senado y la Cámara de Representantes, y la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, donde tendrán asiento el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, la academia y las organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios.
Pero fue modificado totalmente por el Artículo 25 de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 quedando así:
“ARTICULO 5º. CONFORMACIÓN. El Sistema Nacional de Migraciones estará integrado por:
- El Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
- El Director de Migración Colombia o su delegado.
- El Representante a la Cámara que ostente la curul por la circunscripción especial para los colombianos en el Exterior.
- El Ministerio de Trabajo, por intermedio de la Dirección de Movilidad Laboral.
- La Mesa Nacional de Sociedad Civil para las Migraciones.
- El Ministerio de Educación Nacional.
- El Ministerio de Salud y Protección Social.
- El Ministerio Público, con participación de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación.
- La Registraduría Nacional del Estado Civil.
La Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones actuará como eje central, de las entidades estatales y gubernamentales que no formen parte (pero cuyas funciones, objetivos o algún desarrollo misional tengan relación con los temas concernientes a la migración en Colombia).
Parágrafo 1°. La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones será un espacio de participación abierto, bajo la coordinación de Colombia Nos Une, al que se podrá inscribir cualquier ciudadano colombiano residente en el exterior o en el territorio nacional en calidad de retornado o migrante regular en Colombia, interesado en el tema migratorio. La inscripción a esta mesa le permitirá obtener información actualizada relacionada con el desarrollo institucional de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y participar así mismo de las actividades para su discusión y desarrollo.
Este mecanismo facilitará y promoverá la participación ciudadana en los temas que se discutan alrededor de la PIM desde el Sistema Nacional de Migraciones. De conformidad al Art. 1 de la presente ley, el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá convocar a los miembros de la Mesa Nacional de la Sociedad Civil, para participar de manera presencial o virtual de lo dispuesto en el arto 4A de la presente ley.
Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior y por conducto de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, Colombia Nos Une, o quien haga sus veces, cuando las condiciones geográficas lo permitan, deberán convocar a la ciudadanía que hace parte de la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, para participar en la formulación y consolidación de las sugerencias, recomendaciones y propuestas dirigidas al Sistema Nacional de Migraciones. Las convocatorias para la participación ciudadana a las que se refiere el presente parágrafo se realizarán de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de Colombia Nos Une.
Parágrafo 2°. Sesiones. El Sistema Nacional de Migraciones tendrá sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo al menos dos (2) veces al año y las extraordinarias cuando así lo determine la Secretaría Técnica”.
¿Qué es la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”?
Aunque su nombre lo da a entender, la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, no es de la “Sociedad civil” (ONG´S o similares, el Sector privado y la Academia), sino de toda la ciudadanía. Es más, de acuerdo a la modificación realizada por el Artículo 25 de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021, en donde establece que esa “Mesa” “…será un espacio de participación abierto, bajo la coordinación de Colombia Nos Une, al que se podrá inscribir cualquier ciudadano colombiano residente en el exterior o en el territorio nacional en calidad de retornado o migrante regular en Colombia…”, indicaría que la llamada “Sociedad civil” no tendría cabida ahí, por cuanto ninguno de los Organismos que la componen puede tomarse como “…cualquier ciudadano colombiano…”
¿Quiénes integran la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”?
La “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, a la que nosotros llamamos “Mesa Colombiana de las Migraciones”, es un organismo de “Participación y Vigilancia Ciudadana”, integrado por ciudadanos colombianos “…residentes en el exterior o en el territorio nacional en calidad de retornado o migrante regular en Colombia, interesado en el tema migratorio…”, tal y como lo establece el Artículo 25 de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021.
De gran interés: “Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026: Migración, Colombianos en el exterior y Retorno”
Funciones de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”
Siendo la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” un integrante del Sistema Nacional de Migraciones, tiene las mismas facultades, funciones, derechos y obligaciones que sus demás componentes, por lo tanto se convierte en el principal mecanismo y herramienta para que la ciudadanía en general relacionada con la temática migratoria colombiana (Emigrantes = colombianos en el exterior; Inmigrantes = extranjeros residentes en Colombia, y la población colombiana retornada desde el exterior), participe directamente, a través de ese “Sistema de Migraciones”, acompañando de manera consultiva al Gobierno Nacional, en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con los colombianos retornados, colombianos en el exterior y extranjeros en Colombia en el desarrollo de la Política Integral Migratoria – PIM.
En concreto, la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” al ser uno de los integrantes del “Sistema Nacional de Migraciones”, sería prácticamente “la mano derecha” del Estado colombiano y de cualquiera de sus gobiernos en cualquier época, en todo lo concerniente a la “Política Pública Migratoria Colombiana”, pudiendo incluso presentar Leyes, reglamentaciones, modificaciones y adiciones a estas, ante el Congreso, a través del Ejecutivo, por intermedio de uno o varios de los Ministerios componentes de dicho “Sistema”.
Quienes entendemos de qué va todo esto, sabemos del gran poder que tendría la ciudadanía integrante de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, previo el ajuste de algunos inconvenientes existentes al día de hoy por ciertos vacíos jurídicos que contiene la norma creadora y modificadora de ese Organismo de Participación ciudadana, entre los que contamos el más importante y necesario de solucionar, como es la Representación que deberá tener dicha “Mesa de las Migraciones” ante el Estado colombiano a través del “Sistema Nal. de Migraciones”.
Reconocemos el interés y trabajo de la Cancillería colombiana, al igual que el de algunos ciudadanos y Organizaciones de la Sociedad civil, porque esa “Mesa Nacional de la Sociedad Civil de las Migraciones” se conforme realmente, pero insistimos que no ha sido suficiente, ya que después de DOCE (12) AÑOS de haberse creado en el papel (Ley 1465/2011) sigue sin conformarse física y realmente.
¿Por qué no se ha conformado la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones?
Ya en el análisis que realizamos sobre el “Por qué no se ha creado la Mesa de las Migraciones en Colombia” y visible aquí expusimos nuestro inconformismo, inquietudes y propuestas ante este tema, por lo que hoy nos queremos unir y hacer un llamado muy importante a todos y cada uno de los ciudadanos integrantes del tema migratorio colombiano, como son, en primer orden, los colombianos residentes en el exterior, los extranjeros residentes en Colombia, y la población colombiana retornada a nuestro país luego de haber vivido por varios años fuera del territorio nacional, para que se inscriban al evento denominado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, “Rumbo a la Mesa”, que se llevará a cabo de manera virtual a través de Zoom, entre otras fechas, el día martes 28 de febrero del presente 2023, a las 08:30 hora colombiana, previa inscripción que pueden realizar en el siguiente link:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe8IKXiq1MMvzVl4Yyb2znsqtd1ec
_Q3EM9ESirA7eCmNayOA/viewform
En ese evento se resolverán muchas dudas acerca de este proceso, y se recibirán propuestas desde todos los sectores para que la conformación de la Mesa Nal. de la Sociedad Civil para las Migraciones pueda llegar a ser algún día realidad.
Mediante correo electrónico, la Cancillería – Colombia Nos Une, responderá a la inscripción comunicando todos los detalles sobre la participación, entre ellos, forma de conectarse al evento.
Ver aquí: “Así responde Minsalud a inclusión de los colombianos en el exterior en la «Reforma a la Salud»
Colombianos en el exterior y demás población migrante, han habido algunos intentos por conformar la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” sin que hayan llegado a buen término, por lo que entendemos que a lo mejor algunos estén desanimados, pero recuerden que la clave del éxito están en…
“INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR”
¡Ánimo, Inscríbete y vamos Pa´lante”.
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