Sin desconocer el importante trabajo que desde el Gobierno del actual mandatario Iván Duque y la Vicepresidenta Martha Lucía Ramírez, se ha realizado en pro de los colombianos en el exterior dentro de la temática migratoria colombiana, como en el caso de la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional, equivalente al 40% en los costos de los trámites que realizan ante los Consulados nuestros connacionales en el exterior, al igual que la creación de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 «Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y se dictan otras disposiciones», más la socialización y promoción de los diferentes servicios que se prestan en las sedes consulares de Colombia en el mundo, viéndose un importante aumento y mejoramiento en ello, en este artículo les contaremos el mayor incumplimiento que han protagonizado este par de gobernantes para con la población migrante, en especial con los colombianos en el exterior y la población retornada.
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Sin haberlo incluido en su programa electoral, el tema de la creación del “Viceministerio de las Migraciones” fue tratado en reunión que sostuvo esta Casa informativa con gran parte de la cúpula de la Campaña de Duque y Martha Lucía Ramírez en el mes de abril de 2018, donde nos expresaron la imposibilidad de incluir esa propuesta en el Programa de Duque, por cuanto al revestir tanta importancia debería estudiarse más detenidamente, y que quizá podría ser incluida en el Plan Nacional de Desarrollo de este mandatario en el caso de que saliera elegido como Presidente para el periodo 2018 – 2022, lo que efectivamente sucedió.
Es de suponerse que, tanto Iván Duque como Martha Lucía Ramírez, junto al resto del equipo que redactó el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, «Pacto por Colombia, pacto por la equidad», analizaron muy bien los pros y contras de la creación de ese “Viceministerio de Migraciones”, y conociendo hasta el más mínimo detalle, incluso sus consecuencias, ordenaron dentro del susodicho “PND”, que:
“El Ministerio de Relaciones Exteriores tramitará la elevación de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano a la categoría de Viceministerio, para ejecutar políticas de manera eficaz, junto con tres direcciones especializadas: Asuntos Migratorios, Asuntos Consulares y de trámites y servicios. Además, en el marco del Sistema Nacional de Migraciones, dictará lineamientos a la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, en relación con sus competencias”.
En nuestro artículo del 18 de junio de 2019, titulado “Se creará el “Viceministerio de las Migraciones” en Colombia?” y visible aquí, hicimos un amplio análisis sobre el tema, incluyendo las diferentes respuestas que hasta ese momento nos habían ofrecido desde el Alto gobierno, y transcurridos casi 3 años, publicamos otro artículo visible aquí, donde relacionábamos otras respuestas ofrecidas especialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, llevándonos a titularlo “Viceministerio de las Migraciones Colombiano: nos están haciendo pistola para su creación”, pues así se desprendía de lo que hasta ese entonces habíamos investigado sobre el tema.
En ese mismo artículo indicábamos que “fieles a nuestra filosofía de «INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR», ibamos a pegar el último envión sobre este tema a la Cancillería, antes de que terminara el actual gobierno, haciéndole llegar el detallado concepto que sobre el particular nos envió el Departamento Nacional de Planeación, y finalizábamos diciendo que “Ya veremos si los milagros existen.”
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Tristemente, hoy tenemos que informar a la opinión pública que en el caso tratado, “nos quedamos esperando ese milagro”, pues con plena seguridad, no habrá “Viceministerio de las Migraciones” en Colombia; al menos en lo que resta del actual gobierno a terminar el próximo 07 de agosto, pues así se desprende de la respuesta dada el pasado 19 de julio, por parte de nuestra Cancillería, y que nos permitimos transcribir a continuación:
“Teniendo en cuenta las inquietudes presentadas, en primer lugar, se dará respuesta respecto al concepto dado por la Oficina Jurídica Interna del Departamento de Planeación – DNP-., indicando que, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en relación con el alcance de los conceptos jurídicos proferidos por las entidades públicas, establece en su artículo 28 lo siguiente:
“ARTÍCULO 28: Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”.
Conforme lo anterior, se evidencia que los conceptos jurídicos proferidos por las entidades públicas como respuesta a las consultas formuladas en ejercicio del derecho de petición por parte de la ciudadanía, se consideran criterio de orientación a pesar de no tener fuerza vinculante.”
Si bien así lo establece la ley, a nosotros eso nos indica que al Estado colombiano le importa un pepino el concepto que emitan sus entidades para el cumplimiento de los temas que él mismo ordena en las diferentes leyes, pues no es sino ver el concepto emitido por el Departamento Nacional de Planeación “DNP”, el 06 de octubre del 2021 (Ver aquí), en donde prácticamente, a nuestro entender, señala que esa orden dada, respecto a la creación del “Viceministerio de las Migraciones” dentro del Plan Nacional de Desarrollo “PND” 2018 – 2022, debe cumplirse antes de finalizar el actual periodo presidencial. Pero vean cómo el Ministerio de Relaciones Exteriores elude esa responsabilidad, argumentando algo que ya sabían los creadores de dicho “PND” cuando lo elaboraron y promulgaron:
“Teniendo en cuenta las manifestaciones realizadas por la Oficina Asesora Jurídica del
Departamento Nacional de Planeación respecto de las partes del Plan Nacional de Desarrollo, referente a la inquietud sobre la ejecución de la medida de elevar a la categoría de Viceministerio a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores, se indica que, la determinación de esta medida está sometida a los principios y reglas que establece el artículo 54 de la Ley 489 de 19981, lo cual conlleva a una evaluación sobre los procedimientos administrativos de carácter interno, así como, la coordinación con otras entidades del Gobierno Nacional en el marco de sus competencias y misionalidad, puesto que la medida implica la modificación de la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, de su planta personal y del presupuesto asignado a la entidad, lo cual conlleva a que la determinación esté sometida a una serie de procedimientos, estudios técnicos y presupuestales de carácter interinstitucional, que viabilicen y permitan su implementación.
Adicionalmente, es necesario señalar que el Decreto 371 del 20212 “Por el cual se
establece el plan de austeridad del gasto para los órganos que hacen parte del presupuesto general de la Nación”, determina que el propósito del Gobierno es generar una política de austeridad con eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, la cual debe prevalecer en todos los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. En desarrollo de este postulado, el artículo 2 de esta normativa precisa que la modificación a la estructura debe ser a costo cero, circunstancia que hace necesario examinar la factibilidad y perspectivas en el desarrollo de su aplicación.
Por lo anterior, la creación del viceministerio indicado en su petición requerirá necesariamente adelantar el procedimiento indicado en la normativa señalada, incluyendo su factibilidad bajo la premisa establecida en el plan de austeridad del gasto.”
Extraña y hasta absurda respuesta teniendo en cuenta que anteriormente la misma Cancillería nos había informado que se estaban realizando las gestiones del caso, especialmente con el Ministerio de Hacienda, para establecer la viabilidad de la conformación del “Viceministerio de las Migraciones” contemplado en el “PND” 2018 – 2022, y por lo tanto es de suponerse que lo respondido y transcrito en los párrafos anteriores, al día de hoy ya tuvo que haberse llevado a cabo, o simplemente están demostrando negligencia, pues es inaudito que en casi 4 años no lo hayan realizado y anunciado definitivamente la creación o no de esa Cartera Viceministerial.
Cómo viene a indicar a estas alturas el Ministerio de Relaciones Exteriores que “…la creación del viceministerio indicado en su petición requerirá necesariamente adelantar el procedimiento indicado en la normativa señalada, incluyendo su factibilidad bajo la premisa establecida en el plan de austeridad del gasto.”?. ¿No le han alcanzado 4 años para ello?. ¿Acaso el Ministerio de Relaciones Exteriores, hoy dirigido por Martha Lucía Ramírez – Vicepresidenta , quien hizo parte de la elaboración del “PND” 2018 – 2022, desconocía los pormenores para la creación de un Organismo de esa categoría?
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Si las mismas normas que al día de hoy toma como excusa el Ministerio de Relaciones Exteriores para prácticamente descartar la creación de ese “Viceministerio”, ya existían para la época en que se incluyó dicha promesa en el “PND 20128 – 2022”, por qué en ese momento las desconocieron, y si las conocian, por qué decidieron incorporar de todas formas la iniciativa?
A nosotros todo esto nos corrobora una vez más lo dicho tradicionalmente en nuestro país, y es que a los políticos les importa lo mismo prometer y prometer, pues al fin y al cabo no van a cumplir. O no?
Desde “COLEXRET” sentimos mucho no haber podido conseguir este objetivo en el Gobierno de Iván Duque, pero eso no quiere decir que nos vayamos a dar por vencidos. Continuaremos ahora con el gobierno del Sr. Gustavo Petro como Presidente, y de Carmen Ramírez Boscán como Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, y estamos convencidos que más temprano que tarde lograremos, junto con la presión de líderes socio-políticos de colombianos residentes fuera de nuestras fronteras, crear en nuestro país el tan necesario “Viceministerio de las Migraciones”, el cual tendría a cargo la situación de más de 10 millones de colombianos que componen actualmente la temática migratoria colombiana (Emigrantes = Colombianos en el exterior; Inmigrantes = Extranjeros en Colombia; y Colombianos retornados”).
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