El 10 de Noviembre de 2018, en el último artículo relacionado con la creación de las veedurías ciudadanas por parte de los colombianos en el exterior (Ver aquí), decíamos que “Después de QUINCE (15) AÑOS de complementarse los artículos 2°, 23 y 270 de nuestra Constitución Política de 1991, a través de la Ley 850 de 2003, donde se excluyó a los colombianos en el exterior, y viendo la falta de voluntad del Ministerio de Relaciones Exteriores para atender este tema, toda vez que dicha Cartera bien podría presentar al Congreso un proyecto de ley que adicione lo establecido en los artículos 3° y 21 de la Ley 850 de 2003, acudimos al Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Velez, para que estudie la posibilidad de llevar a cabo esta gestión, y asi poder brindar a nuestros connacionales fuera de nuestras fronteras, un mecanismo práctico, gratuito, rápido y legal para que conformen Veedurías Ciudadanas en cualquier lugar del mundo donde se encuentren, y a la vez puedan registrarlas a través del Consulado de su respectiva jurisdicción”.
Informamos también que “Luego de la reunión sostenida con Vélez, la Dirección de “COLEXRET” le hizo llegar un borrador, donde se sugería la forma de como podría modificarse los artículos 3° y 21 de la Ley 850 de 2003, para que se permita el registro de las Veedurías Ciudadanas a conformar en el exterior, en los Consulados de las respectivas jurisdicciones.
Aquí, petición enviada al Representante por los colombianos en el exterior Juan David Velez, el 29 de Octubre de 2018, y aquí la respuesta dada por el Congresista. En esa ocasión se limitó a contestar que:
modificar de manera significativa el contenido de la Ley 580 de 2003 con el fin de incluir de
manera explícita a los colombianos en el exterior y poder establecer ese tipo de mecanismos
de representación para hacer vigilancia a la gestión pública”
Le ha dado tan poca importancia a este tema el Sr. Juan David Vélez, que ni siquiera se fijó lo que respondía, al hacer mención a una inexistente Ley 580 de 2003, cuando en realidad la norma a tratar es la Ley 850/2003. Pero además, no quiso enviarnos las respuestas que supuestamente solicitó a las entidades relacionadas en nuestra primera solicitud. No quiso enviarlas, o nunca las ha solicitado? Esa es nuestra duda.
Mientras que el Representante Vélez sigue evaluando esa situación, los colombianos en el exterior continúan sin poder conformar “Veedurías Ciudadanas” para el control y vigilancia especialmente de nuestros Consulados en el mundo, dado el engorroso y costoso trámite, que planteó en su momento para ello, a través de un concepto la Cámara de Comercio de Bogotá, y por lo cual se hace necesario y urgente la modificación de la Ley 850 de 2003, tal y como ya lo hemos descrito en varias ocasiones.
Será que el Congresista Juan David Vélez no quiere gestionar esta situación, por temor a que se vigile a los funcionarios diplomáticos que su Jefe el Sr. Presidente Iván Duque ha nombrado en las diferentes Embajadas y Consulados de nuestro país en el exterior, al igual que las actuaciones del actual Canciller Carlos Holmes Trujillo, que como es bien sabido también pertenece al Movimiento político del Sr. Vélez?
Amigos lectores, lo dejamos para que Uds. mismos analicen y opinen sobre la actuación en este tema del Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Velez, mientras que desde “COLEXRET” seguiremos persistiendo para que se le de solución a la conformación de “Veedurías Ciudadanas” por parte de quienes lo eligieron para que, entre otras razones, protegiera sus derechos.
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