Como muestra de inconformismo y rechazo a que se sigan expidiendo o modificando leyes relacionadas con los migrantes colombianos, sin contar con estos, y máxime cuando se crean con intención electoralista, buscando beneficio personal político y/o partidista, en el día de hoy “COLEXRET” ha enviado la siguiente petición a cada una de las Comisiones de Senado y Cámara de Representantes de nuestro país, buscando la desaprobación o archivo del Proyecto de Ley 148 de 2017, en el que supuestamente “se establecen lineamientos para la política integral migratoria en Colombia y se dictan otras disposiciones”, presentado a pocos meses de las pasadas elecciones para Congreso (11 de Marzo) por la Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, y elegida ahora Senadora de la República, Ana Paola Agudelo del Movimiento político MIRA.
Proyecto de Ley 148 de 2017, visible haciendo clic aquí
A continuación el texto de la solicitud enviada al Congreso de la República de Colombia:
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Bogotá, Marzo 24 de 2018
Señores(as) Congresistas
COMISIONES
PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA, QUINTA, SEXTA Y SEPTIMA
Cámara de Representantes y Senado
República de Colombia
Ref.: Proyecto de Ley 148 de 2017
Respetados(as) Congresistas:
Ricardo Marin Rodriguez, identificado como aparece al pie de mi firma, en calidad de fundador/Admdor. de la Plataforma “Colombianos en el exterior y retornados – COLEXRET” (www.colexret.com), me permito presentar el siguiente planteamiento relacionado con el proyecto de ley de la referencia, a fin de que sea tenido en cuenta por Uds. dentro de los debates que se presenten para definir su situación, en esas dos Corporaciones:
1°. El proyecto de Ley 148 de 2017, presentado por la Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Ana Paola Agudelo del Partido político MIRA, es el fiel reflejo de la Ley 1465 de 2011, creadora del Sistema Nal. de Migraciones, elaborada por el mismo partido político de la Representante Agudelo, a “espaldas” de los autores directos de la problemática migratoria colombiana y que a la fecha, debido a sus enormes vacíos jurídicos y a su calificación propositiva, entre otros, ha resultado ser inoperante, por cuanto ninguna de las Entidades gubernamentales encargadas de su ejecución, están obligadas a su cumplimiento.
2°. Gran parte del proyecto de Ley 148/2017, contiene los llamados “Principios” y “Objetivos”, y al igual que la Ley 1465/2011, no son de obligatorio cumplimiento, y por ende lo único que hacen es llenar espacios innecesarios dentro de una normativa, pero en esencia no se aplican en pro de los ciudadanos, que es a quienes debe ir dirigido su desarrollo y ejecución.
3°. Ese proyecto de ley, antes de ser presentado a sus respectivos debates, no fue puesto en consideración de la Sociedad Civil de que trata el Art. 5° de la Ley 1465 de 2011, integrante del Sistema Nacional de Migraciones, y que como bien lo establecen los Arts. 1° y 2° de la susodicha ley, su objetivo principal es el de “Acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con las comunidades colombianas en el exterior.”; por lo tanto se ha desconocido el principio y derecho constitucional de la “Participación Ciudadana” en los destinos de nuestro país, y en este caso, en la creación de los lineamientos de su política migratoria.
4°. Este es un proyecto innecesario, porque lo que en realidad está proponiendo son avances sobre normativas existentes, y la idea de promulgar una ley de beneficio a la ciudadanía, no es la de proponer lo mismo con un nombre distinto, sino de plasmar nuevas iniciativas, que en su desarrollo sean verdaderamente realizables y cumplan con el fin para el cual han sido creadas. Por ello, y si sus Señorías comparan este proyecto de ley con la 1465 de 2011 y 1565 de 2012, evidenciarán lo que ya expresé en el primer numeral de esta petición, y es que es el fiel reflejo de la Norma creadora del Sistema Nal. de Migraciones.
5°. Dada la cercanía de la pasada contienda electoral donde se eligió o reeligió a nuestro Congreso, a sabiendas de que por tiempo no alcanzaría a ser aprobado, la presentación de ese proyecto de ley nos da a entender que solo se hizo con intenciones de beneficio personal electoral para su autora y el de su partido.
Respetados(as) Congresistas, no voy a detenerme a analizar punto por punto el referido proyecto de ley 148/2017, pues no se trata de conceptuar si está bien o mal su articulado, pero si les puedo manifestar que son muchos los temas que encierran la problemática migratoria y de retorno colombiana que no están incluidos allí, y por ende sigo creyendo que los colombianos en el exterior no necesitamos mas “remiendos” a nuestras principales y actuales leyes (1465 de 2011 y 1565 de 2012), sino que creemos mas pertinente y práctico, la creación de una “Ley General de Migración y Retorno” que agrupe entre otros temas el contenido mejorado de esas dos normativas, pero en consenso con todas las fuerzas políticas del país, y de los autores de la problemática migratoria, que en su mayoría son los colombianos que residimos fuera de nuestro país, y que al día de hoy sumamos mas de CINCO MILLONES (5´000.000).
Esa ley que insinúo bien podría ser el “colchón jurídico” para la creación de una verdadera política migratoria colombiana, y para ello sería necesaria su elaboración a través de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones” contemplada en el Art. 5° de la Ley 1465/2011, una vez se logre conformar, para seguidamente consensuarla con los demás miembros del Sistema Nal. de Migraciones, que prácticamente son quienes agrupan el total del Estado colombiano, antes de ser presentada a sus Señorías para su aprobación. No olvidemos que el tema migratorio es una política pública, una política de Estado.
Para terminar, ruego a sus Señorías abstenerse de dar su aprobación para la promulgación del proyecto de ley 148 de 2017, y en su defecto conceptuar sobre la necesidad de abrir el camino para la creación de una verdadera política pública migratoria, a través de una “Ley General de Migración y Retorno”, en las condiciones que he descrito en la presente, con los arreglos y/o modificaciones que se le pueda hacer en consenso con quienes he enunciado.
Sin oro particular y agradeciendo su atención, me es grato suscribirme de Uds.
Cordialmente,
Ricardo Marin Rodriguez
C.C. 8´001.445
Director “COLEXRET”
direcciongeneral@colexret.com
www.colexret.com
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