De forma unánime, los portales de internet especializados en estadísticas relacionadas con el COVID-19, incluyendo a la Organización Mundial de la Salud “OMS”, a la fecha informan que al rededor de 145 millones de seres humanos han sido contagiados por este virus, de los cuales han fallecido más de 3 millones en el mundo.
Sin lugar a dudas este virus ha causado grandes estragos en la humanidad en todos los aspectos (Salubridad, Sociales, económicos, culturales, políticos, etc.), aunque no tantos como los causados por otras enfermedades que llevan más de 20, 50, 100 años y más radicadas en el planeta, tales como las enfermedades de transmisión sexual “ETS”, la malaria, la fiebre amarilla, entre otras: ah, y la peor y más inhumana, “LA HAMBRUNA, sinónimo de POBREZA por DESIGUALDAD E INEQUIDAD SOCIAL”.
Y antes de contarles de qué trata el “Tour parlamentario” de nuestro titular, alguno de Uds. se ha preguntado además de esos fallecimientos, la inmensidad de injusticias, atropellos, vulneración de derechos, e incluso muertes que han causado algunas entidades del Estado colombiano debido a su inoperancia en la solución de problemas para los ciudadanos con la excusa del COVID-19?
Vean aquí: “Cartel dedocrático»: Nombramiento de Embajadores y Cónsules colombianos en el exterior”
Para que se hagan solo una pequeña idea, les voy a contar en este editorial lo vivido por nuestra Plataforma COLEXRET desde el comienzo de la pandemia CORONAVIRULIENTA, y que de seguro ha sido vivido también por muchas Organizaciones de la Sociedad Civil y Ciudadanía en general. Ahí voy:
El Decreto 491 del 18 de Marzo de 2020, expedido en bloque por el Gobierno actual, donde, con ocasión de la crisis desatada por el COVID-19, en lo que nos atañe a esta Casa, dobló prácticamente el tiempo establecido en la Ley 1755 de 2015, para que las autoridades respondan derechos de petición; derecho este que siempre he dicho es el preámbulo para ejercer otros derechos de gran importancia como es el de “Participación ciudadana” y el de la “Información”, llevando a que esas autoridades al día de hoy tarden hasta 60 días en dar respuesta a una solicitud, e incluso se puede extender a 90 y más días, pues tengan o no tiempo para ello, muchas veces responden de cualquier manera y el peticionario debe volver a recabar interrogantes planteados inicialmente, o pedir aclaración sobre los respondidos. Y ni forma de entablarles acciones de tutela porque la norma las protege para que se mamen todos esos meses. Caso concreto nos acaba de suceder con la “Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas”; claro que frente a esta entidad ya estamos acostumbrados, porque las tres peticiones enviadas en los últimos años, para que respondiera a cada una de ellas tuvimos que acudir a la justicia. Caso parecido con el Ministerio de Transporte, e incluso con el de Trabajo. Y en cuanto a tutelas instauradas, no podía faltar la Cancillería colombiana, pues en los últimos 4 años he tenido que instaurarle 16 denuncias de éstas por vulneración al Derecho de petición, con un resultado del 80% a mi favor.
Otro gran problema relacionado con lo comentado, y que también es producto de lo establecido en el artículo 4º de ese Decreto 491/2020, es la notificación de los fallos de las acciones de tutela, pues se establece que “…la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos”, y no vean Uds. lo complicado que es comunicarse por este medio con los Juzgados, Fiscalía, Tribunales o Altas Cortes.
Si bien estas entidades nos pueden hacer llegar oportunamente las notificaciones de las decisiones tomadas, no sucede lo mismo cuando debemos contactarlas o apelar dichas decisiones, pues en el caso específico de quienes residimos en el exterior, debemos hacerlo solo a través de los correos electrónicos que se nos indique, y a lo mejor por la gran cantidad de comunicaciones que les llega, estos se saturan y la respuesta del sistema es “recipiente lleno”; o sencillamente no revisan los respectivos correos a diario. En últimas, es que “Internet está molestando”; algo que no dudamos, pues en nuestro país ese sistema está muy lejos de equipararse a lo bien que funciona en Norteamérica y países de Europa principalmente.
Eso en lo que atañe al “Derecho de petición” y a la “Acción de tutela”, pero veamos otros actos de inoperancia estatal atribuido al COVID-19.
Las conversaciones pendientes para la firma de Convenios para la convalidación de las licencias de conducir colombianas en el exterior se han paralizado desde la aparición del CORONAVIRUS, incluso los ya acordados con Portugal y Paraguay, desconociendo el Ministerio de Transporte y la Cancillería colombiana los motivos (Ver aquí). Esta primera Cartera ministerial nos dice que las otras partes no contestan los teléfonos institucionales, y que de cualquier manera ha sido imposible la comunicación con estas debido a la pandemia. Cierto que esto no se lo cree nadie?. A mi que no me vengan con el cuentico que si el Ministerio de Relaciones Exteriores o el de Transporte llama a otra entidad gubernamental extranjera no le atiende. A lo mejor no lo haga en la primera o segunda llamada, pero de seguro en una tercera, cuarta, sexta, décima, o en la cien, si lo hagan. Por lo tanto, es más falta de interés y voluntad = inoperancia, que otra cosa.
Y aquí viene una gran perla de nuestra Cancillería:
COLEXRET lleva algo más de dos años insistiendo ante esa entidad para que de aplicación a lo establecido en el Numeral 31, del artículo 530 del Estatuto Tributario, esto es, la exoneración del Impuesto de Timbre Nacional en los pasaportes a ciudadanos que no puedan sufragarlo, y que después de un trabajo de insistencia conseguimos se expidiera la Circular C-DSG-DIMCS-18-000104 del 16 de octubre de 2018, donde se ordenaba a los Consulados proceder a ello sin mayor burocracia. Pero también, y como algo inentendible, denunciado en nuestro artículo visible aquí, a los 3 meses expidió la Circular C-DSG-DIMCS-19-000005, mediante la cual se retractaba informando a sus Consulados que “Toda vez que aún nos encontramos en consultas y no se ha alcanzado un criterio unificado sobre la materia, me permito informar que, a partir de la fecha, se suspenden totalmente los efectos de la Circular C-DSG-18-000104 de 18 de octubre de 2018, en relación con la exención del impuesto de timbre contemplada en el numeral 31 del artículo 530 del Estatuto Tributario”.
Motivación: “Cáncer «Historia de vida» – Capítulo III”
Desde ese momento, ojo, Octubre del 2018, seguimos presionando para que la Cancillería resolviera de una vez por todas ese entuerto que ella misma se creó, y lo penúltimo que nos comunicó, incluso en dos ocasiones, antes de comenzar la pandemia, fue que se encontraba en estudio el caso.
Pues resulta que ahora, cuando la volvimos a contactar para tratar este asunto, nos informa muy plácida y tranquilamente que con base en el Decreto 417 de 2020, o sea el que creó el estado de emergencia económica, social y ecológico en todo el territorio colombiano, debió dar prioridad a la atención de los connacionales que encontrándose fuera del territorio nacional, requirieron asistencia humanitaria urgente para mitigar los efectos de las medidas decretadas por los gobiernos extranjeros para mitigar la propagación del Covid-19; y que por ello ese Ministerio suspendió todas las labores consultivas no esenciales para dar paso a las labores de atención y asistencia a los connacionales en el exterior. Dice que la totalidad de la planta de personal de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de ese Ministerio debió dedicarse de forma casi exclusiva a la atención de las acciones constitucionales, derechos de petición, solicitudes de asistencia y planeación de vuelos humanitarios, entre otros, derivados de las actuales circunstancias sanitarias mundiales por cuenta del COVID-19. En lo referente a los Derechos de petición debo expresar que las peores, o mejor, las más incompletas respuestas dadas por Cancillería a las consultas realizadas por esta Casa informativa han sido desde que comenzó la pandemia. O sea que ni siquiera dándole prioridad a responder las peticiones ciudadanas lo han hecho como debe ser, o al menos de la mejor forma que lo hacían antes.
Y termina nuestra Cancillería comprometiéndose a retomar el estudio sobre la
interpretación del numeral 31 del artículo 530 del Estatuto Tributario en el segundo
semestre del 2021, a efectos de lograr una interpretación armónica del mismo. O sea después de Julio. Pero pone este mico…”si la situación sanitaria así lo permite”.
De cualquier forma, nos da a entender la Cancillería en otra de sus comunicaciones, y en mi léxico interpretativo, que no hay ningún afán para eso, pues ya se eliminó el 50% del Impuesto de Timbre Nacional para todos en los pasaportes, y como debe saber que actualmente ronda en el Congreso un Proyecto de Ley buscando eliminar el otro 50% restante (Ver aquí), pues ya hasta se ha olvidado de ese asunto, y lo del COVID-19 es sencillamente la excusa perfecta para tapar su inoperancia e ineptitud ante este caso. Es importante aclarar que esa entidad no ha tenido absolutamente nada que ver en las gestiones realizadas para conseguir la eliminación del mencionado impuesto, que reduce en gran manera el costo de los trámites que debemos realizar ante los Consulados.
Investigación: Contraloría destapa irregularidades en compra y venta de Embajadas y Consulados
Y no solo es este caso, sino muchos otros, entre los que se encuentran la paralización de Convenios para la caracterización de nuestros connacionales en el exterior, la creación del Viceministerio de las Migraciones, etc., y que según Cancillería es por culpa del COVID-19.
Todo esto y muchísimo más se le atribuye al excelentísimo COVID-19 (debo tratarlo con respeto no vaya y sea que le de por joderme la vida), pero lo que no ha hecho este vicho, es detener las argucias y patrañas del actual Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Velez, quien ahora le dio por trasladarse a legislar, junto con 18 Congresistas más a la ciudad de Miami en los Estados Unidos, dizque para socializar el Proyecto de Ley que crea los lineamientos para desarrollar la Política Migratoria Colombiana, y por ello elevó la propuesta a la Plenaria de la Cámara, donde fue aprobada. Estarían para no, cuando Vélez es el Presidente de la Comisión Segunda de esa Corporación.
Quien puede entender que en Colombia las sesiones del Congreso se estén llevando a cabo de manera virtual, y ahora les de por hacerlas presencial, Y EN EL EXTERIOR!!!!!?
Y vean lo que este sinverguenza del Juan David dice como para tapar semejante descaro, y es que los gastos de hospedaje, comida y demás, serán costeados de los bolsillos de él y de sus otros 17 compinches o cómplices, y que por lo tanto no tocan el Erario público.
Este man es g…vón o nos cree g…vones a los ciudadanos?. Así sea cierto que los gastos mencionados corran por cuenta de esos 18 vagabundos, quién creen que les paga el salario por los días que van a estar en ese “Tour parlamentario”?. Porqué no lo hacen dentro de los casi CINCO (5) MESES que tienen de vacaciones al año, establecidos en las putas leyes que ellos mismos crean, y que de todas formas nosotros los ciudadanos se las pagamos?
https://www.colexret.com/2021/01/25/dia-del-migrante-colombiano-vs-dia-internacional-del-migrante/
Don CORONAVIRITUS porqué no actúas y evitas que éstos descarados sinvervuenzas se burlen de nosotros de esa forma?. Pero ahí si no, no gran pendejo?. O es que se están echando algún dinerito al bolsillo por la compra de las vacunas que se han tenido que adquirir gracias a tu aparición, y por ello les alcahueteas todo eso? Porque yo a veces pienso que tú, COVID-19, te mangualaste con las farmacéuticas del mundo para crear todo este caos, o sino veamos la gran archimillonada que les está llegando por esas vacunitas.
Dime la verdad covidcito, eres igual de miserable, atrevido, sinverguenza y torcido que esos 18 Congresistas que se van a dar sus buenas vacaciones con nuestro dinerito?. Y pilas coronaviritus que ellos se van a mandar a vacunar allá en los EE.UU. contra ti, o sea que ya luego no puedes cobrarles esa sinverguencería. Es ahora o nunca compadre, así que…¡ataca!.
Yo no le deseo el mal a nadie, pero es que ocurren cosas en la vida, como estas, que lo hacen volver a uno como malo.
Si bien en COLEXRET hemos denunciado algunas malas gestiones o acciones realizadas por Vélez, desde que publicamos sobre los casi SESENTA MILLONES DE PESOS que se gastó de los bolsillos de los ciudadanos viajando en clase ejecutiva los primeros 5 meses de su mandato (Ver aquí), no habíamos visto tanta desfachatez.
Por favor compatriotas, no olviden estas acciones en las elecciones de marzo del 2022 donde elegiremos para nuestro Congreso, al Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, y en donde de seguro Juan David Velez buscará su reelección. Recuerden por favor lo que nos pasó con su antecesor Jaime Buenahora Febres por haberlo reelegido. Y si bien se dice que el hombre es el único animal que tropieza dos veces con la misma piedra, intentemos cambiar eso, si?.
Lee 10 importantes razones para leer esta obra
En las siguientes imágenes la promoción que está haciendo Juan David Vélez, Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, a su humillante y grotesca hazaña.
“Permitir una injusticia es abrir el camino a las que siguen” – Willy Brand
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