Mientras seguimos en la lucha ante la Justicia, por conseguir que se acabe la cobardía y sinvergüencería de algunos Funcionarios y Legisladores, de bloquear de sus perfiles en Redes sociales (aparentemente personales, pero que en el fondo son públicos), a los ciudadanos, por ejercer su Derecho al Control Político, a la Veeduría Ciudadana, y a la Libertad de Expresión, entre otros, (Ver aquí), a continuación algunos apartes de la Circular 01 del 22 de marzo de 2019, expedida por el Consejero Presidencial para la Innovación y la Transformación Digital y Consejero Presidencial para las Comunicaciones, y dirigida a Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Representantes legales de los Organismos y Entidades del Sector Central y Descentralizado de la Rama Ejecutiva del Nivel Nacional, cuyo asunto es “Manejo y Uso de Redes Sociales.”
Manejo y uso de las redes sociales por Funcionarios y Entidades públicas.
Comienza esta Circular diciendo que,
“Las redes sociales institucionales son un mecanismo de comunicación entre el Gobierno nacional, Ia ciudadanía, los empresarios, los medios de comunicación, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad en General….
La administración de dichos canales constituye una gran responsabilidad para quienes lideran la estrategia digital de cada una de las entidades, y comprometen en materia penal, administrativa y disciplinaria a quienes la ejecutan, siendo estos los responsables no solo de los contenidos emitidos sino del control de las cuentas (interacción con usuarios, destino de las bases de datos, violación de datos personales, y uso inadecuado de la información, entre otros.)”
(Relacionado con el tema: “Bloqueo en Redes sociales: Cancillería y Colombia Nos Une imitan a Congresistas.”)
Principios a tener en cuenta sobre el uso de las Redes sociales.
Partiendo de esa base, la Consejería presidencial para las comunicaciones establece a través de la mencionada Circular, los principios que deben tener en cuenta los funcionarios, servidores públicos y entidades gubernamentales en el manejo de las redes sociales, entre los que destacamos:
“1.2. Valoración del contenido: Las redes sociales son un canal de doble vía. Antes de publicar algún mensaje se deben valorar las posibles interpelaciones o respuestas que este podría generar. Si bien habrá usuarios dispuestos a controvertir, criticar o incluso ofender, tenga en cuenta que existe siempre Ia posibilidad de una respuesta respetuosa hacia quien no está de acuerdo.
1.3. Calidad: La información tanto en los servicios ofrecidos como en las respuestas que damos, deben someterse a criterios de pertinencia, respeto, adecuación y objetividad. Antes de publicar algo es importante dar una lectura final para asegurarse que el mensaje está bien expresado. De ser posible, hacer una revisión adicional con alguien que no haya participado en la redacción para asegurarse de que el mensaje se entiende claramente.
1.4. Veracidad: La información que se comparte por las redes sociales debe provenir de fuentes certificadas. Antes de publicar cualquier mensaje es indispensable preguntarse: ¿Es cierto lo que estoy diciendo? ¿Es una información verificable? ¿Proviene de una fuente confiable?
1.5. Corresponsabilidad: Debemos ser conocedores de las normas básicas en las redes sociales, tener claro a quien representamos, saber qué debemos comunicar y cómo hacerlo.
Antes de publicar, revise si el mensaje será publicado por Ia cuenta institucional. Procure no mantener activas cuentas institucionales y personales al tiempo o en el mismo dispositivo.
1.6. Participación: Debe ser profesional, dando respuesta a los comentarios de forma oportuna, respetando los diferentes puntos de vista y aportando comentarios constructivos, que animen a la participación. Antes de publicar Ia respuesta a un comentario es bueno preguntarse: Si fuera yo quien hubiera hecho un comentario como este, ¿Me parecería apropiado recibir una respuesta como esta?
1.7. Respeto: Las redes sociales son un espacio para el intercambio de ideas, opiniones y soluciones, no de agresiones. Se debe evitar cualquier comentario que pueda tener una interpretación que resulte insultante u ofensiva hacia un género, una raza, una opción sexual, un credo, una visión política o una región del país, o que Eleven a difamar o afectar Ia imagen o reputación. No haga en las redes sociales lo que no quisiera que le hicieran a usted.”
(Vean aquí cómo la “Cancillería colombiana ataca el derecho de petición y la justicia le responde.”)
Cuidado con el lenguaje que se utiliza en Redes sociales.
“2.4. El lenguaje utilizado debe ser amigable, de fácil entendimiento, cercano a los ciudadanos, que invite a conocer más sobre el Gobierno y las demás entidades, que involucre a las personas.”
“2.10. Se dará respuesta oportuna a los comentarios de usuarios de la red. Se deberían determinar los tiempos de respuesta según los recursos de la entidad y el tipo de comentarios que se responden.
2.11. La respuesta a un comentario negativo nunca podrá ser de forma grosera, conflictiva o de cualquier forma que genere una agresión al usuario. No se dará respuesta a un comentario negativo sin la debida autorización a línea de comunicación de cada entidad.”
“2.14. No se deben realizar publicaciones mentirosas o engañosas.”
(Le puede interesar: “Álvaro Leyva Durán, el peor Canciller que han tenido los colombianos en el exterior.”)
No bloquear a ciudadanos.
“3.7. Se recomienda no realizar acciones de bloqueo a usuarios, dada que se impide el acceso a la información de la ciudadanía.”
“4.4. Los servidores públicos no deben hacer uso de los diferentes medios sociales para hacer proselitismo político, y otros comportamientos que no son apropiados, ni permitidos, de conformidad con las prohibiciones legales existentes.
4.5. Se recomienda mantener siempre respeto y cordialidad con los demás usuarios de los medios sociales al momento de hacer uso de Ia comunicación personal de los servidores. Se recomienda aplicar el principio de respeto hacia las opiniones emitidas por los opositores del Gobierno, así como los partidos o movimientos que ellos representan.”
Ingresa aquí, para conocer el texto completo de la Circular 01 del 22 de marzo de 2019, mediante la cual el Gobierno nacional, a través de su Consejería para las Comunicaciones, imparte instrucciones a sus funcionarios y entidades sobre el manejo y uso en las Redes sociales.
La pregunta es: ¿Cumplen a cabalidad Funcionarios, Servidores públicos y Entidades gubernamentales con éstos principios.?
¿Son privados o públicos los perfiles en Redes sociales de los funcionarios?
Muchos funcionarios y Servidores públicos, entre los que se encuentran nuestros Congresistas, utilizan la “perrada” de abrir sus cuentas o espacios en Redes sociales dizque a nivel personal, pero en realidad son utilizados para todo, menos para asuntos personales.
Muy pronto, una nueva y contundente denuncia desde COLEXRET ante la Justicia, con base a los últimos pronunciamientos de nuestra Corte Constitucional, sobre si son públicos o privados los perfiles de nuestros gobernantes, funcionarios y legisladores en Redes sociales, pue si bien es cierto que en el pasado perdimos una batalla sobre el tema, poco a poco nos vamos acercando al triunfo en esta guerra.”
La clave del éxito?
“INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR”, pues “No existen cosas imposibles sino seres incapaces.”
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